AVISOS IMPORTANTES
Resolución General IGJ 8/2023
Resolución 8/2023 Aquí
Resolución General IGJ 13/2023 – Requisitos para la cesión de planes de ahorro
1.- La cesión debe instrumentarse mediante formulario emitido por la Administradora y ante un agente oficial. Alternativamente, será válida observando instrumentalmente los requisitos mínimos que se detallan a continuación.
- El formulario de cesión debe incluir fecha de emisión, el valor del haber previo a toda deducción y el valor del haber de reintegro del plan, ambos calculados a la fecha de la solicitud de la información por parte del suscriptor y haciendo constar el detalle de los conceptos deducibles y su monto en los supuestos de cesión de planes renunciados o rescindidos.
2.- La Administradora entregará al cedente el formulario completo dentro de los 10 días de solicitado por el suscriptor. En su defecto, proporcionará la información detallada precedentemente en idéntico plazo.
3.- En todos los casos, las firmas del cedente y cesionario deberán estar certificadas por escribano público, con la correspondiente legalización, o por autoridad administrativa o judicial competente.
4.- En caso de optar por celebrar el contrato de cesión por fuera de la red agentes oficiales, el cedente deberá notificar a la administradora por carta documento transcribiendo los datos establecidos en el punto 2.-
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Legislación de Defensa del Consumidor y Contratos de Ahorro Previo para Fines Determinados – Consulte aquí
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